Publicado en el BOCM número 308 el calendario para el año 2025 de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos en la Comunidad de Madrid.

Se establece lo siguiente:

  • Serán días inhábiles en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, además de los sábados y domingos, las fiestas laborales aprobadas por Decreto 93/2024, de 25 de septiembre, del Consejo de Gobierno.
  • 1 de enero, Año Nuevo.
  • 6 de enero, Epifanía del Señor.
  • 17 de abril, Jueves Santo.
  • 18 de abril, Viernes Santo.
  • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
  • 2 de mayo, Fiesta de la Comunidad de Madrid.
  • 25 de julio, Santiago Apóstol.
  • 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
  • 1 de noviembre, Todos los Santos.
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción.
  • 25 de diciembre, Natividad del Señor.
  • Además, serán inhábiles en cada municipio de la Comunidad de Madrid los días de sus respectivas fiestas locales, que figuran en la relación aprobada mediante Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid.
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Descarga a continuación el documento oficial completo: https://bit.ly/4285D5s

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