Publicado en el BOCM número 308 el calendario para el año 2025 de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos en la Comunidad de Madrid.
Se establece lo siguiente:
- Serán días inhábiles en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, además de los sábados y domingos, las fiestas laborales aprobadas por Decreto 93/2024, de 25 de septiembre, del Consejo de Gobierno.
- 1 de enero, Año Nuevo.
- 6 de enero, Epifanía del Señor.
- 17 de abril, Jueves Santo.
- 18 de abril, Viernes Santo.
- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
- 2 de mayo, Fiesta de la Comunidad de Madrid.
- 25 de julio, Santiago Apóstol.
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
- 1 de noviembre, Todos los Santos.
- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
- 8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción.
- 25 de diciembre, Natividad del Señor.
- Además, serán inhábiles en cada municipio de la Comunidad de Madrid los días de sus respectivas fiestas locales, que figuran en la relación aprobada mediante Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid.
Descarga a continuación el documento oficial completo: https://bit.ly/4285D5s

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